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Plan de Convivencia

Las normas de convivencia del Centro definen las características de las conductas que deben promoverse para lograr:

El crecimiento integral de la persona. Los fines educativos del Centro. El desarrollo de la Comunidad Educativa. Un buen ambiente educativo y de relación con el Centro. El respeto a los derechos de todas las personas que participan en la acción educativa.

Estas normas se dictan ateniéndose a lo dispuesto en el R.D. 51/ 2007, de 17 de mayo, en las dos disposiciones finales del Decreto 23/2014, de 12 de junio, que modifica al anterior  y en el Reglamento de Régimen Interior por los que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo de los mismos, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León.

CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CENTRO (Art. 37)

  • Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos.
  • Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, siempre que no sean calificadas como faltas.
  • La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada.
  • La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal en la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del Centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares.
  • El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos.
  • El deterioro leve de las dependencias del Centro, de su material o de pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada.
  • La utilización inadecuada de aparatos electrónicos.
  • Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y no constituya falta según el artículo 48 de este Decreto.

CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO (Art. 48 / Art. 113 RRI)

Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el Centro, y por ello, calificadas como faltas, las siguientes:

  • Las acciones u omisiones gravemente contrarias al Carácter Propio del Centro.
  • La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en general, a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el Centro Educativo.
  • La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos y material académico.
  • El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del Centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la Comunidad Educativa.
  • Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud, la integridad personal de los miembros de la Comunidad Educativa del Centro.
  • La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el Centro.
  • Las conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la Comunidad Educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el género, la orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas, tendrán la calificación de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, con la consideración de muy graves..

Normas de Buen Funcionamiento:

En nuestro centro la seguridad de los alumnos/as es prioritaria, por ello os recordamos que:

  • Los alumnos/as de cada etapa tienen asignadas unas puertas de acceso por las que entran a sus clases acompañados por los tutores.
  • En horario lectivo los padres no pueden entrar en las clases.
  • El horario de entrada de los alumnos/as ha de ser respetado para evitar retrasos en el comienzo de sus tareas.
  • Los padres accederán al Centro por la portería así como los alumnos/as que, por cualquier motivo, llegan tarde.
  • Cada vez que como padres o tutores necesitéis recoger a vuestros hijos/as antes del horario de salida o dar algún aviso, será suficiente si se lo comentáis a la persona encargada de la portería.
  • El alumnado que por cualquier causa tengan que entrar en el colegio fuera del horario lectivo han de hacerlo por portería.
  • Es de vital importancia que en las salidas del alumnado de Ed. Infantil los padres esperen a sus hijos/as sin invadir las escaleras y evitando de ese modo bloquear la entrada.
  • No deben traer al Centro balones, juegos u objetos de valor. En caso de hacerlo, el Centro no se responsabiliza de ellos. Si se incumple esta norma dichos objetos se retendrán en el colegio hasta que sean reclamados por sus padres.
  • Dentro del recinto escolar está terminantemente prohibido fumar, entrar con mascotas y circular en bicicletas, patines, etc.
  • Respetarán y utilizarán correctamente el material, dependencias y entorno del colegio: jardines y accesos al Centro.
  • Debemos respetar las zonas dedicadas a las actividades extraescolares y sus horarios, por lo tanto no se podrá jugar en dichas zonas durante su desarrollo.

NORMATIVA DEL UNIFORME ESCOLAR:

El uniforme escolar será obligatorio durante el horario en que el alumnado esté participando en actividades lectivas y complementarias organizadas por el Colegio y/o en otras actividades en las que lo representen, según las normas establecidas en el presente RRI.

Descripción del uniforme reglamentario - ver aquí

Los alumnos deberán traer el uniforme escolar limpio y completo en todo momento y puesto de forma adecuada. No se debe combinar el uniforme del colegio con otras prendas que no pertenezcan al mismo. Todas las prendas del uniforme escolar deben ir correctamente marcadas con el nombre del alumno para evitar confusiones y pérdidas. Los alumnos/as deben traer la equipación deportiva el día que tengan Educación Física (P.E.). Los alumnos/as deben cambiarse de ropa para participar en las actividades extraescolares, si estas lo requieren.

El incumplimiento de cualquier norma establecida conllevará la sanción correspondiente, de acuerdo a las concreciones de las normas de Disciplina Escolar y Convivencia del  Reglamento de Régimen Interno.